¿ESTÁ LA EMPRESA OBLIGADA A CONOCER LA SALUD DE TRABAJADORES Y CLIENTES?
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de publicar un informe en el que se analiza el tratamiento de datos en relación con el Covid-19. En dicho informe, se recoge que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) ante situaciones como ésta de emergencia sanitaria, permite el tratamiento de datos de salud