Mediante un Consejo de Ministros extraordinario, el Gobierno aprobó el viernes el plan de rescate de 11.000 millones de euros para paliar los efectos de la pandemia. De esta cantidad, 7.000 millones de euros se destinarán a ayudas directas a autónomos y empresarios de los sectores más perjudicados por los efectos de la COVID-19, como la hostelería, el turismo o el comercio.
El dinero restante se repartirá en un fondo para recapitalizar empresas: 1.000 millones para ello y otros 3.000 para reestructurar los más de 120.400 millones de euros avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en un 98% a pymes y autónomos.
De ello se encargará las Autonomias:
Gracias a estos subsidios, las empresas podrán pagar costes fijos de su actividad, como alquileres o suministros, así como facturas de los proveedores o nóminas de los empleados. Serán las comunidades autónomas las encargadas de canalizar y repartir el dinero.
¿Quiénes tendrán preferencia?
Casi 95 actividades diferentes de entre empresas y autónomos tendrán preferencia para recibir 3.000 y 200.000 euros según el borrador al que tuvo acceso Antonio Maqueda en el diario El País.
Estas son algunas:
Producción y fabricación
– Extracción de minerales de hierro.
– Elaboración de helados.
– Elaboración de café, té e infusiones.
– Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
– Elaboración de sidra y bebidas fermentadas a partir de frutas.
– Confección de otras prendas de vestir exteriores.
– Confección de otras prendas de vestir y accesorios.
– Fabricación de artículos de peletería.
– Confección de otras prendas de vestir de punto.
– Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.
– Otras actividades de impresión y artes gráficas.
– Servicios de pre-impresión y preparación de soportes.
– Encuadernación y servicios relacionados con la misma.
– Reproducción de soportes grabados.
– Fabricación de explosivos.
– Producción de metales preciosos.
– Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.
– Fabricación de cables de fibra óptica.
– Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
– Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
– Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.
– Suministro de vapor y aire acondicionado.
Comercio
– Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y cuero.
– Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
– Comercio al por mayor de cueros y pieles.
– Comercio al por mayor de bebidas.
– Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.
– Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.
– Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios.
– Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
– Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza.
– Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería.
– Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.
– Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería.
– Comercio al por menor de bebidas.
– Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.
– Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.
– Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería.
– Comercio al por menor de prendas de vestir.
– Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero.
– Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería.
– Comercio al por menor de textiles, prendas y calzado en puestos y en mercadillos.
– Comercio al por menor de otros productos en puestos y en mercadillos.
– Otro comercio al por menor.
Transporte
– Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
– Transporte por taxi.
– Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
– Transporte marítimo de pasajeros.
– Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
– Transporte aéreo de pasajeros.
– Actividades anexas al transporte terrestre.
– Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
– Actividades anexas al transporte aéreo.
Alojamiento y hostelería
– Hoteles y alojamientos similares.
– Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
– Campings y aparcamientos para caravanas.
– Otros alojamientos.
– Restaurantes y puestos de comidas.
– Provisión de comidas preparadas para eventos.
– Otros servicios de comidas.
– Establecimientos de bebidas.
Otros sectores
– Edición de periódicos.
– Actividades de exhibición cinematográfica.
– Actividades de fotografía.
– Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
– Alquiler de camiones.
– Alquiler de artículos de ocio y deportivos.
– Alquiler de cintas de vídeo y discos.
– Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.
– Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores.
– Alquiler de medios de navegación.
– Alquiler de medios de transporte aéreo.
– Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.
– Actividades de las agencias de viajes.
– Actividades de los operadores turísticos.
– Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
– Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.
– Organización de convenciones y ferias de muestras.
– Otras actividades de apoyo a las empresa.
– Artes escénicas.
– Actividades auxiliares a las artes escénicas.
– Gestión de salas de espectáculos.
– Actividades de museos.
– Gestión de lugares y edificios históricos.
– Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
– Actividades de juegos de azar y apuestas.
– Gestión de instalaciones deportivas.
– Actividades de los gimnasios.
– Otras actividades deportivas.
– Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
– Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
– Reparación de calzado y artículos de cuero.
– Reparación de relojes y joyería.
– Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
– Actividades de mantenimiento físico.